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Intervenciones de la Policía de carreteras en la lucha contra el tráfico ilegal de la flora y fauna silvestre (página 2)



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CAPÍTULO
II

MARCO
TEÓRICO DOCTRINARIO

  1. Se ha buscado bibliografía o
    trabajos Monográficos que guarden relación
    con presente trabajo
    de investigación habiéndose
    encontrado muy pocos antecedentes sobre el
    particular.

  2. ANTECEDENTES.
  3. BASES TEÓRICAS

SITUACIÓN ACTUAL DE LA FLORA Y FAUNA EN
EL PERÚ.

El DS. No. 013-99-AG, prohíbe a partir
del 1ero. de Enero del 2000, la caza. Extracción,
transporte
y exportación con fines comerciales de
todo espécimen, productos
y sub productos de las especies de fauna silvestre, a
excepción de los provenientes de zoocriaderos de
áreas de manejo autorizados por el Instituto Nacional
de Recursos
Naturales (INRENA).seguridad
a los usuarios,

Existen especies de fauna silvestre que han sido
declaradas en veda indefinida por lo tanto está
prohibida la caza, captura, transporte, comercialización y exportación
con la única excepción en que los casos que
sean científicos o de difusión cultural de
acuerdo a lo dispuesto por el DS. No. 13-99-AG.

Las especies de la fauna silvestre son transportadas
ilegalmente hacia la ciudad de Lima, y otras ciudades del
país, por traficantes de animales que
operan en forma organizada teniendo escuadrones de cazadores
en la selva y en otras regiones, usando diferentes métodos y en complicidad con algunas
Empresas de
Transporte Terrestre y Aéreas, dichas especies son
comercializadas a distintos vendedores ambulantes y
éstos a su vez al público.

Por otra parte se ha detectado que estas mafias
organizadas trabajan a "pedido" del cliente y
todas estas especies son dejadas en depósitos que a su
vez funcionan como zoocriaderos clandestinos.

Al escaso control
policial en los terminales aéreos, terrestres y
fluviales se suma el desconocimiento de los dispositivos
legales vigentes en la identificación de las especies
por falta de instrucción y capacitación profesional en la materia,
constituyendo esta situación una de las principales
ventajas para la comercialización ilícita de
estas especies.

La selva amazónica, se ve seriamente afectada
por la alarmante extracción de especimenes como el
mono maquisapa negro, mono maquisapa cenizo, guacamayo
rojo-amarillo, guacamayo verde militar, guacamayo celeste
amarillo, guacamayo verde cabeza azul, loro frente amarilla,
loro lomo rojo, loro mejillas doradas, uchpa loro,
etc.

Asimismo existen otros productos forestales y de
fauna silvestre que se trafican :

Productos Forestales

– Caoba, Cedro, Ishpingo, Tornillo, Cumala,
Quinilla.

– Estoraque, entre otros.

Especies de Fauna Silvestre

  • Aves (Loros, Guacamayos) – Reptiles (Serpientes,
    Lagartos) .
  • Reptiles (Serpientes, Lagartos) , entre
    otros.

SITUACIÓN DE LA POLICÍA DE
PROTECCIÓN DE CARRETERAS-TARAPOTO

La Policía de Protección de
Carreteras tiene dentro de sus funciones
proteger la vida y dar seguridad a los usuarios de las
vías, previniendo los robos y asaltos a transportistas,
así como colaborar en la prevención de Delitos
contra la Ecología e
Infracciones a la Ley Forestal y
de Fauna Silvestre mediante la puesta en marcha de operativos y
otros. La Policía de Protección de Carreteras
Tarapoto, tiene como inicio de jurisdicción el Km. 381
de la carretera Fernando Belaunde Terry, Puente Río
Nieva (Aguas Claras) y termina en el Km. 856 en el
caserío Nuevo San
Martín; comprendiendo un total de 475 Kms; asimismo
la carretera de penetración Tarapoto a Yurimaguas,
hasta el Km. 30 hasta la altura del caserío Progreso
(provincia de Lamas).

Esta Unidad Policial, tiene la siguiente estructura
funcional :

a. Jefatura del Departamento, cuya sede se
encuentra en el distrito de Morales y cuenta con dos oficiales
PNP.

b. SECPRCAR-AGUAS CLARAS, comprende desde el
Km. 381 puente del río Nieva hasta el Km. 462 distrito
de Nueva Cajamarca, con 81 Km. De vía
asfaltada..

c. SECPRCAR-MOYOBAMBA, comprende desde el Km.
462 distrito de nueva Cajamarca al Km. 544 centro poblado
Pacayzapa, con 82 Km. De vía asfaltada.

d. SECPRCAR-TARAPOTO, comprende desde el Km.
544 centro poblado Pacayzapa hasta el Km. 679 en la provincia
de Picota, asfaltada en un 75% aproximadamente y el resto
solamente afirmada. Asimismo en este sector se encuentra
comprendida la carretera de penetración
Tarapoto-Yurimaguas la misma que se encuentra en muy mal
estado de
transitabilidad vehicular.

e. SECPRCAR-SACANCHE, comprende desde el Km.
679 provincia de Picota hasta el Km. 856, centro poblado Nuevo
San Martín en la provincia de Tocache, este tramo de la
carretera FBT, se encuentra en su totalidad afirmada, en mal
estado de conservación.

Como se puede apreciar la extensa jurisdicción
que tiene la Policía de Carreteras Tarapoto, no permite
que se pueda prevenir la comisión de actos
ilícitos al 100%, en vista de que cuenta
únicamente con 89 efectivos PNP, del mismo modo cuenta
sólo con 24 vehículos en regular estado de
conservación y operatividad, con una dotación
mínima de combustible debido a la austeridad
existente.

  1. 1. Constitución Política del Perú. (Art.
    166°)

    2. Ley Nº 27238, del 21DIC99 (Ley de la
    PNP).

    3. Reglamento de la Ley de la PNP.

    4. Ley Forestal y de Fauna Silvestre Nº
    27308.

    5. DS.Nº 04-76-IN-Reglamento de Organización y Funciones de la
    Policía Forestal.

    6. DS.Nº161-77-AG-Reglamento de
    Extracción y Transformación
    Forestal.

    7. DS.Nº 013-96-AG-Declarando en veda la
    extracción de madera.

    8. DS.Nº 01-AG-97 de 15SET97,
    Ampliación del DS.Nº013-96-AG de
    22AGO96.

    9. Directiva Nº 028-EMFFAA-D3-SIT de DIC99,
    Control del transporte y comercialización de
    maderas, provenientes de áreas críticas
    sujetas a veda.

    10. Reglamento de la ley Forestal y Fauna
    Silvestre DS. No. 014-2001-AG.

    11. Reglamento de Extracción y
    Transformación Forestal DS. No. 161-77.

  2. BASE LEGAL.
  3. DEFINICIÓN DE
    TÉRMINOS.

01. VEDA

Prohibición total o parcial de
aprovechamiento de recursos
forestales y de fauna silvestre dentro de una determinada
superficie con carácter definido, temporal o
periódica.

02. CUENCA

El área de recepción para ríos y
cursos de agua.

03. AREA PROTEGIDA

Son áreas naturales protegidas las
extensiones del territorio nacional que el Estado
destine a fines de investigación, protección o
manejo controlado de sus ecosistemas, recursos y demás riquezas
naturales. Las áreas naturales protegidas son el
dominio
publico y constituyen muestras representativas del patrimonio
natural de la nación.

04. PRESERVACION

Mantener la evolución natural de los ecosistemas,
haciendo mínima o inexistente la intervención
directa de la sociedad
sobre los mismos.

Es el mantenimiento de la condición original
de un área silvestre, reduciendo la
intervención humana a un nivel
mínimo.

05. EXTRACCION DE FORESTAL

Obtención de productos en estado natural de la
flora del bosque.

06. TALA

Acción de cortar un árbol con fines de
su destrucción o aprovechamiento.

07. DEPREDACION

Devastación, acción de devastar, destruir, arrasar,
arruinar una cosa desde el punto de vista ecológico.
Se contribuye a la alteración drástica del
equilibrio
dinámico de un ecosistema
produciéndose la extinción de algunas especies
y de la proliferación de otras.

08. PROTECCIÓN

La protección podría definirse como la
defensa o amparo que
de le da a los Recursos Naturales (forestales y fauna
silvestre) con el fin de que al mantener su intangibilidad
puedan recuperarse.

09. CONSERVACION

Es la protección y utilización
sustentable de los Recursos Naturales renovables.

10. BOSQUES

Comunidades vegetales naturales en las que
predominan especies leñosas referidas a una
determinada superficie de suelo,
así como las plantaciones forestales.

11. CAPA DE OZONO

Es un manto protector invisible que como filtro,
contrarrestando los peligrosas radiaciones ultravioletas del
sol, que de llegar en su totalidad a la tierra,
produciría alteraciones genéticas graves para
la vida animal, vegetal y para los seres humanos, que se
encuentran a una altura aproximado de 50 Km. de la tierra.

12. CONTAMINACIÓN
ATMOSFÉRICA

Llamada también Polución
Atmosférica, es la
contaminación del elemento básico de todo
ser vivo "EL AIRE", por
agentes extraños que se concentran en
suspensión en el. El hombre
diariamente filtra en sus pulmones unos 15 Kg. de aire,
mientras que absorbe 2.5 Kg. de agua y consume menos de 1.5
Kg. de alimentos.
Por ello el peligro de una Atmósfera contaminada. Los principales
elementos de contaminación son los vehículos
motorizados y las plantas de
Energía
Eléctrica.

13. ECOLOGÍA

Es la ciencia
que estudia las relaciones de los seres vivos (plantas,
animales y el hombre)
con el Medio.

14. MEDIO AMBIENTE

Es todo aquello que nos rodea. Es el sistema de
elementos naturales y artificiales en el que se desarrolla la
vida especialmente las actividades humanas.

Es el entorno vital constituido por el conjunto de
elementos físicos y naturales, estéticos,
culturales, sociales y económicos que interaccionan
con el individuo
y con la comunidad
en que viven.

15. LA BIOSFERA

Llamada también "Esfera de la Vida", es la
parte de la Tierra donde es posible la existencia de seres
vivos. Esta constituida por una delgada capa de aire, agua y
tierra, en las que las condiciones
físico-químicas posibilitan la vida.

16. EL MEDIO AEREO

El aire es parte del Medio y constituye la
atmósfera que envuelve a la Tierra, y se mantiene
unida a ella por la fuerza de
la gravedad. La Atmósfera se extiende hasta una
altitud de 2,000 Km. sin que exista un límite definido
sino que va enrareciendo en la altura.

17. HABITAD

Condiciones ecológicas relativamente
constante donde los cambio
ambientales y las especies que en ellos viven varias
según las secuencias y
características.

18. HUMO DE TABACO

Es una fuete principal de contaminación
gaseosa y de partículas en el Ambiente
Interno. Los no fumadores pueden absorber cantidades variables
de Monóxido de Carbono y
Nicotina.

19. RECURSOS FORESTALES

Son los bosques naturales o cultivados, la fauna
silvestre, las tierras cuya capacidad de uso mayor es
forestal, así como todos los componentes de la flora
silvestre.

El manejo y aprovechamiento racional de los Recursos
Forestales es de interés público y de beneficio
social.

La Ley Forestal y de Fauna Silvestre No. 27308,
define como recurso forestal, a las tierras cuya capacidad de
uso mayor es forestal, los bosques y todos los componentes de
la flora silvestre cualquiera sea su ubicación en el
territorio nacional.

20. RECURSOS NATURALES

Son el medio en que vive el hombre como especie, son
el ambiente, son la naturaleza, son todo esto incluido el propio
género
humano.

Son todos aquellos elementos del ambiente que son o
pueden ser útiles, directo o indirectamente al ser
humano.

21. RECURSOS NATURALES RENOVABLES

Son los recursos naturales que tienen capacidad de
reproducirse (plantas, animales) o renovarse (el aire,
el
agua).

22. RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES

Son los recursos Naturales que no tienen la
capacidad de reproducir ni renovarse. (Ejemplo carbón,
minería, petróleo).

23. CONTAMINACIÓN AMBIENTAL

Adición de cualquier sustancia o elemento
(sólido, líquido, gaseoso y otros) o formas de
energía (calor,
ruido o
radioactividad) el medio
ambiente, en cantidades superiores a ciertos niveles
permisibles o cualquier variación en sus componentes y
características que afecten la vida, la salud o bienestar
humano, la flora, la fauna y los bienes y
recursos en general.

24. EQUILIBRIO ECOLÓGICO

Es el estado de equilibrio dinámico de una
comunidad biológica por el cual la población o elementos que le
constituyen tiene a fluctuarse o a mantenerse en una cantidad
alrededor de un valor
medio.

25. CONSERVACIÓN AMBIENTAL

Son todas las medidas tendientes a proteger el medio
ambiente y permitir un uso racional y sistemático de sus
recursos en la búsqueda de rendimiento
sostenido.

26. DIVERSIDAD BIOLÓGICA : (Biodiversidad)

Denota el número de especies diferentes de
plantas, animales y microorganismos, así como la
variación dentro de las especies.

Variedad y variabilidad entre organismos vivientes y
los complejos ecológicos en los cuales ocurren,
"diversidad de especies" se refiere el número de
especies encontradas en una área dada.

27. DESARROLLO SOSTENIDO

Es el uso racional del ambiente que involucra
necesariamente su protección y control. Se trata, pues,
de aprovechar los Recursos Naturales sin perjudicar el
equilibrio ambiental.

28. ECOSISTEMA

Conjunto o sistema formado por la interacción de una comunidad
biótica (seres vivos) y el medio físico
(comunidad abiótica) con un espacio
determinado.

Ejemplo: El bosque, un río, un lago, el aire,
etc.

29. DESARROLLO SUSTENTABLE

El desarrollo
es la vía para que las personas satisfagan sus
necesidades y mejoren sus niveles de vida.

El desarrollo sustentable, es un proceso de
mejoramiento económico y social que satisface las
necesidades y los valores
de todos los grupos
interesados, manteniendo el mismo tiempo,
opciones futuras y conservando los recursos y la diversidad de
la naturaleza.

30. GESTIÓN AMBIENTAL

Es el conjunto de acciones
ejecutadas por el Estado y la sociedad civil
con el objeto de lograr un manejo racional del
ambiente.

31. BIOCENOSIS

Comunidad de seres vivos o colectividad de plantas y
animales diversos que comparten un mismo espacio vital y eso es
lo que somos: seres vivos que compartimos esta única
tierra, tan deteriorada por la contaminación, la
indigencia y por que no decirlo, por la injusticia.

32. ÁREA SILVESTRE

Ambiente, terrestre o acuático, en escasa
intervención humana, o que ha sido abandonado y ha
vuelto a un estado natural o semi-natural. Ejemplos de
áreas silvestres son: selva, sábanas, terrenos
costeros, playas, arrecifes de
coral, estuarios, zonas de manglares, montañas,
riberas, zonas de glaciares, pantanos, etc.

33. DIVERSIDAD GENÉTICA

Variación de la composición genética de los individuos dentro de una
especie o entre especies; variación genética
heredable dentro de una población y entre
poblaciones.

34. ECORREGIÓN

Conjunto geográficamente diferentes de
comunidades que comparten la gran mayoría de sus
especies, gozan de condiciones ambientales similares, y cuyas
interacciones ecológicas son críticas para su
persistencia a largo plazo.

35. ESTUDIO DEL IMPACTO AMBIENTAL

Actividad para identificar y predecir el impacto de
una acción en el medio de la biosfera,
sobre la salud humana y bienestar y para interpretar y
comunicar información sobre los
impactos.

36. GESTIÓN

La práctica del manejo es la práctica
cotidiana de toda gestión. Esta práctica trata
principalmente de la aplicación de medios
técnicos, financieros, organizacionales y humanos de que
se dispone para alcanzar los objetos deseados.

37. HÁBITAT

El lugar o tipo de sitio donde una planta o animal
vive y crece naturalmente y normalmente; su casa.

– El ambiente natural de un organismo.

– el medio ambiente en que vive un
organismo.

38. MANEJO

Manifestación de la naturaleza para una meta
específica.

En el sentido de manejo para conservación, se
refiere a las actividades realizadas para cambiar o alterar
poblaciones y comunidades de plantas y animales. Por ejemplo,
segar o realizar pastoreo en una pradera puede ser una forma de
manejo adoptada para cambiar, la composición de especies
e incrementar la variedad de especies.

39. RECURSOS BIOLÓGICOS

Los recursos genéticos, los organismos o parte
de ellos, las poblaciones o cualquier otro tipo del componente
biótico de los ecosistemas de valor o utilidad real o
potencial para la humanidad.

– Recursos Naturales vivientes, incluyendo plantas,
animales y microorganismos y los recursos ambientales a los
cuales estas especies contribuyen.

40. RESERVA DE BIOSFERA

Reserva natural, parque natural, u otra clase de
habitad protegido que permite a las culturas indígenas y
a las sociedades
continuas con el uso irracional de los recursos.

Una reserva de biosfera es una categoría
especial de zona protegida que combina tanto
conservación como utilización sostenible de
Recursos Naturales, es además parte de una red mundial de
intercambio de información.

41. SISTEMAS DE ÁREAS SILVESTRES
PROTEGIDAS

Conjunto de áreas silvestres protegidas de
relevancia ecológica y social bajo un manejo ordenado y
dirigido que permita cumplir con una amplia gama de objetivos de
conservación establecidas por la nación o un sector de la
nación.

42. PARQUES NACIONALES

Son áreas destinadas a la protección y
conservación con carácter de intangibles de las
asociaciones naturales de flora y fauna silvestre u de las
bellezas paisajísticas que contienen. En tal virtud, en
los Parques Nacionales está absolutamente prohibido todo
aprovechamiento directo de los recursos naturales y el
asentamiento de grupos humanos en estas unidades se permite la
entrada de visitantes con fines científicos, educativos,
recreativos y culturales bajo condiciones
especiales.

43. RESERVAS NACIONALES

Son áreas naturales destinadas a la
protección y propagación de la fauna silvestre,
cuya situación lo permita, podrán ser utilizados
únicamente por el Estado.

44. SANTUARIOS NACIONALES

Son áreas destinadas a proteger con
carácter de intangible una especie o comunidad
determinada de plantas y/o animales, así como las
formaciones naturales de interés científico o
paisajístico.

45. SANTUARIOS
HISTÓRICOS

>

Son áreas destinadas a proteger con
carácter de intangible los escenarios naturales en que
se han desarrollado acontecimientos gloriosos de la historia
nacional.

46. BOSQUES NACIONALES

Son áreas de bosques declarados aptos para la
producción permanente de madera, otros
productos forestales y fauna silvestres cuya utilización
podrá ser realizada con fines industriales y/o
comerciales por el Estado y excepcionalmente por empresas
privadas mediante contrato de
extracción forestal intransferible.

47. BOSQUES DE PROTECCIÓN

Son áreas de bosques que por sus
características y ubicación sirven
fundamentalmente para conservar los suelos y
aguas.

48. COTOS DE CAZA

Son áreas de bosques que por sus
características y ubicación sirven
fundamentalmente para conservar los suelos y aguas.

49. RESERVAS COMUNALES

Son áreas destinadas a la conservación
de fauna silvestre en beneficio de las poblaciones
aledañas (comunidades nativas y campesinas de la sierra,
ceja de selva y selva).

50. ZONAS RESERVADAS

Son áreas que se reservan, con carácter
temporal, mientras se realizan las evaluaciones que lleven a
definir la modalidad de manejo más adecuada.

51. BOSQUES DE LIBRE DISPONIBILIDAD

Son los declarados aptos para la producción
permanente de madera, otros productos forestales y de fauna
silvestre, cuya utilización solo podrá ser
realizada directa y exclusivamente por el Estado.

52. EXTRACCIÓN DE PRODUCTOS DE FAUNA
SILVESTRE

Acción de cazas o capturas animales silvestres,
así como recolectar sus huevos o sus
deshechos.

53. PRODUCTO FORESTAL

Componentes aprovechables de la flora,
extraídos del bosque o de la flora silvestre, sean
éstos en estado natural y/o transformado.

54. PRODUCTO DE FAUNA SILVESTRE

Componentes aprovechables de la flora,
extraídos del bosque o de la flora silvestre, sean
éstos en estado natural y/o transformado.

55. RECURSO DE FAUNA SILVESTRE

Son las especies que viven libremente en las regiones
naturales del país, así como los ejemplares de
las especies domesticados que por su abandono u otras causas se
asimilan en sus hábitos a los silvestres.

56. REFORESTACIÓN

Acción de plantas árboles para el establecimiento de
bosques a fin de dedicarlos a la protección y/o
producción permanente de recursos forestales y de fauna
silvestre.

57. USO RACIONAL

Conjunto de acciones destinados a la obtención
de productos forestales y de fauna silvestre en forma
permanente dentro de una determinada superficie, mediante el
empleo de
técnicas adecuadas de
extracción.

58. UNIDADES DE CONSERVACIÓN

Son áreas destinadas a la protección,
conservación y aprovechamiento de la flora y fauna
silvestre, así como aquellos que tengan especial
significación para sus valores
históricos, paisajísticos y científicos,
tales como Parques Nacionales, Reservas Nacionales, Santuarios
Nacionales y Santuarios Históricos.

59. ÁREA DE MANEJO DE FAUNA
SILVESTRE

Extensión territorial destinada a la
protección y propagación de especies de la fauna
silvestre, cuyo aprovechamiento racional y constante
podrá ser realizado por cualquier persona
debidamente autorizada. Se conoce como tales las Reservas
Comunales y Cotos de caza.

60. ÁREAS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE NO
CATEGORIZADOS

Extensión territorial donde existen Recursos
Naturales de Flora y Fauna Silvestre, en las que el estado no
ha establecido su situación de uso.

CAPÍTULO
III

ANÁLISIS

FACTORES QUE INFLUYEN EN EL INCREMENTO DEL TRAFICO
ILEGAL DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE EN LA REGIÓN SAN
MARTÍN.

Al término de una labor de investigación
pormenorizada y detallada sobre la extracción ilegal y
desmedida de la Flora y Fauna Silvestre, se pudo precisar los
siguientes factores que influyen en el incremento de este
tráfico ilegal en la Región San
Martín:

  1. La escasa Educación Ambiental.
  2. El incumplimiento de las Leyes
    vigentes que norman el uso de los Recursos Naturales y del
    Medio Ambiente. Las leyes para sancionar a las personas que
    cometen delitos no son apropiadas.
  3. La caza y aprovechamiento irracional de la Fauna
    Silvestre.
  4. El aspecto Socio Económico.
  5. Las instituciones como la PNP, Ministerio de
    Agricultura, INRENA, Gobiernos Regionales y
    Locales, Fiscales y Jueces, no trabajan de manera
    coordinada para contrarrestar el incremento de Delitos
    Ecológicos e Infracciones a la Ley Forestal y de
    Fauna Silvestre.
  6. La Policía Nacional del Perú, no
    cuenta con el personal
    suficiente y los medios necesarios para cumplir con
    operativos policiales para intervenir personas y
    vehículos que transportan ilegalmente productos
    forestales y especies de fauna silvestre.
  7. La falta de capacitación del personal PNP
    sobre disposiciones legales de los Recursos Naturales e
    infracciones al Reglamento de la Ley Forestal y Fauna
    Silvestre (Ley No. 27308).

A. LA ESCASA EDUCACIÓN
AMBIENTAL.

Escasos programas de
Educación Ambiental por parte del Estado
y el Sector Privado a través de las instituciones
comprometidas y los medios de
comunicación masivo públicos y privados, que
permitan crear conciencia
en la población sobre aspectos ecológicos y
poder
cambiar el comportamiento frente a los Recursos Naturales,
para mejorar su calidad de
vida.

  1. En la actualidad las leyes vigentes que norman y
    sancionan el uso indiscriminado de los Recursos Naturales y
    del Medio Ambiente, no son apropiadas, no se cumplen de
    manera correcta, no se ajustan a la realidad, el sujeto que
    comete un delito
    ecológico tiene muchas formas de reducir su pena o
    atenuarla.

  2. EL INCUMPLIMIENTO DE LAS LEYES VIGENTES QUE NORMAN
    Y SANCIONAN EL USO INDISCRIMINADO DE LOS RECURSOS NATURALES
    Y DEL MEDIO AMBIENTE.

    La situación económica del poblador
    rural ha motivado que la caza de subsistencias se
    transforme en caza comercial, por su alto valor proteico y
    económico de las carnes y pieles.

  3. LA CAZA Y APROVECHAMIENTO IRRACIONAL DE LA FAUNA
    SILVESTRE.

    Un 60% de la población de la Región
    San Martín esta conformada por familias de bajo
    recursos económicos, ya que sus ingresos
    provienen especialmente de lo que rinde la agricultura,
    donde siembran productos de pan llevar teniendo un promedio
    de ingreso de S/. 5.00 a 8.00 nuevos soles diarios, motivo
    por el cual ante la necesidad apremiante cometen actos
    ilícitos en la Tala de árboles y
    depredación de la Flora y la Fauna que luego son
    comercializados a personas inescrupulosas a sumas
    irrisorias los mismos que los transportan mayormente a la
    capital
    de la
    República.

  4. EL ASPECTO SOCIO ECONÓMICO.

    Actualmente se hace necesaria una coordinación permanente y adecuada
    entre la Policía Nacional del Perú,
    Ministerio de Agricultura, INRENA, Gobiernos Regionales y
    Locales, así como el Ministerio Público , con
    la finalidad de que en forma conjunta podamos contrarrestar
    el incremento de Delitos contra la Ecología e
    infracciones contra la Ley Forestal y de Fauna
    Silvestre.

  5. LAS INSTITUCIONES COMO LA PNP, MINISTERIO DE
    AGRICULTURA, INRENA, GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES,
    MINISTERIO PUBLICO, NO TRABAJAN COORDINADAMENTE PARA
    CONTRARRESTAR EL INCREMENTO DE DELITOS CONTRA LA
    ECOLOGÍA E INFRACCIONES DE LA LEY FORESTAL Y DE
    FAUNA SILVESTRE.

    PROBLEMÁTICA DE
    LOGÍSTICA

    – Su insuficiente su Parque Automotor, más
    si tiene en cuenta la gran amplitud de área de
    responsabilidad y lo agreste de la zona,
    para combatir a las personas que cometen Delito contra la
    Ecología e infringen la Ley Forestal y de Fauna
    Silvestre.

    – Falta de Unidades Móviles para su
    distribución a los Departamentos y
    Secciones de la Policía de Carreteras a nivel
    Nacional.

    – Las unidades móviles no tienen un
    mantenimiento permanente, por la falta de un taller de
    Maestranza PNP, que permita tener un óptimo grado de
    operatividad de las unidades motorizadas.

    – La mayor parte de los inmuebles donde vienen
    funcionando los Departamentos y Secciones de la
    Policía de Carreteras a nivel Nacional, tienen
    muchos años de antigüedad y su construcción es de material de adobe,
    piedra y calamina; por su ubicación son vulnerables
    a los fenómenos naturales; se encuentran
    deterioradas y en muchos de los casos sin los servicios esenciales como son agua, luz y
    desagüe, situación que genera una
    disminución de la moral
    del personal PNP.

    DÉFICIT DE EFECTIVOS DE
    PERSONAL

    Actualmente y con mucha preocupación de
    parte del Comando se hace notorio el déficit de
    efectivos policiales el mismo que imposibilita la cobertura
    de servicios policiales en forma adecuada tanto en el
    ámbito de la jurisdicción, como a nivel
    Nacional, con el consecuente recargo del servicio
    al personal de la POLCARR; asimismo de conformidad a
    Directivas Vigentes emanadas por el Comando Institucional
    en un vehículo patrullero deberían salir a su
    zona de patrullaje tres efectivos, el conductor, el
    operador y el adjunto al operador, con la finalidad de que
    al momento de intervenir policialmente lo realicen
    eficazmente, brindándose mayor seguridad.

    MATERIALES Y EQUIPOS

    Los diferentes Departamentos y Secciones de la
    Policía de Carreteras sobre todo en el interior del
    país, no cuentan con materiales y equipos necesarios para el
    desempeño de sus funciones;
    existiendo déficit de escritorios, máquinas de escribir, computadoras, entre otros, etc.

    COMUNICACIONES

    Existe un déficit de radios transreceptores
    (VHF, UHF, Walkie Tallkie y otros) en los Departamentos y
    Secciones POLCARR, a nivel nacional, lo que dificulta la
    oportuna intervención del personal en el lugar de
    los hechos.

    El Sistema de comunicaciones con el que cuentan las
    Unidades móviles de la Policía de Carreteras
    tiene una antigüedad de QUINCE (15) años
    aproximadamente, presentando continuas fallas
    técnicas en su funcionamiento y consiguiente
    riesgo
    de seguridad; asimismo éstos equipos no tienen el
    alcance necesario cuando las móviles pasan por zonas
    con accidentes geográficos (Cerros,
    montañas, zonas de extensa vegetación, etc.), pese a poder estar
    a pocos kilómetros de su base. debido a la
    ubicación, haciéndose imprescindible el
    contar con equipos de comunicación satelitales, para que
    las intervenciones tengan mayor eficacia
    y seguridad.

    En la actualidad se hace necesario una
    coordinación adecuada entre la Policía
    Nacional del Perú, Ministerio Publico, Municipalidad
    Provincial San Martín, sub. Prefectura, con la
    finalidad de que en forma conjunta podamos contrarrestar el
    incremento de los delitos Ecológicos e Infracciones
    a la Ley Forestal y de fauna Silvestre.

  6. LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, NO
    CUENTA CON EL PERSONAL SUFICIENTE Y LOS MEDIOS NECESARIOS
    PARA CUMPLIR CON OPERATIVOS POLICIALES PARA INTERVENIR
    PERSONAS Y VEHÍCULOS QUE TRANSPORTAN ILEGALMENTE
    PRODUCTOS FORESTALES Y ESPECIES DE FAUNA
    SILVESTRE.
  7. LA FALTA DE CAPACITACIÓN DEL PERSONAL PNP
    EN RECONOCIMIENTO DE ESPECIES Y SOBRE DISPOSICIONES LEGALES
    QUE AMPARAN LOS RECURSOS NATURALES E INFRACCIONES A LA LEY
    FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE
    (Ley No.
    27308).

El desconocimiento de los dispositivos legales
vigentes sobre Delitos Ecológicos e Infracciones a la
Ley Forestal y de Fauna Silvestre, por falta de
instrucción y capacitación al personal de la
Policía Nacional del Perú, constituye una de las
principales ventajas para prevenir la comercialización
ilícita de productos forestales y de fauna silvestre,
haciéndose necesario que el Comando Institucional
realice convenios con el Ministerio de Agricultura, INRENA,
para que a través de su personal profesional capacite al
personal de la Policía de Protección de
Carreteras a nivel nacional en forma permanente.

EXPOSICIÓN DE
RESULTADOS

CAPÍTULO
IV

CONCLUSIONES

  1. En la Policía de Carreteras a
    nivel nacional, existe un déficit numérico de
    personal PNP para cumplir en forma eficiente en la
    prevención de comisión de actos delictuosos
    (Delito contra la Ecología e infracciones a la Ley
    Forestal y de Fauna Silvestre), asi como garantizar y
    proteger la vida y propiedad
    de las personas usuarias de las vías.
  2. Que conforme al Art. 358° del Reglamento de la
    Ley Forestal y Fauna Silvestre (Ley No. 27308), precisa que
    la Policía Nacional del Perú presta el apoyo
    que requiera el INRENA, el OSINFOR y los comités de
    gestión del bosque, para la ejecución de las
    acciones de control del cumplimiento de la legislación
    forestal y de fauna silvestre, asi como de las de
    prevención, investigación y denuncias de las
    infracciones a la Ley en mención y su
    Reglamento.
  3. La DIVPRCAR-Tarapoto, asi como las Unidades de la
    Policía de Protección de Carreteras , a nivel
    nacional no cuentan con un suficiente Parque Automotor,
    realidad actual que no permite dinamizar la vigilancia y
    patrullaje en las carreteras que conforman la Red Vial Nacional, asi
    como vigorizar los operativos policiales y patrullaje
    permanente en los puntos críticos de mayor incidencia
    por donde se trasladan las personas inescrupulosas que
    comercializan ilícitamente productos forestales y
    fauna silvestre.
  4. Que en la actualidad no se esta llevando una
    coordinación adecuada entre la Policía Nacional
    del Perú, Ministerio de Agricultura, INRENA, Gobiernos
    Regionales y Fiscales lo que incide en el incremento de
    delitos Ecológicos e infracciones a la Ley Forestal y
    de Fauna Silvestre.
  5. La DIVPRCAR-Tarapoto, asi como las
    Unidades POLCARR, a nivel nacional no cuentan con personal
    especializado en el
    conocimiento sobre Recursos Forestales Maderables, No
    maderables no permitidos, así como variedades de
    animales cazados furtivamente que se encuentran en proceso de
    desaparición, los cuales son transportados mayormente
    hacia la costa para su comercialización.
  6. El Sistema de comunicaciones con el que cuentan las
    Unidades móviles de la Policía de Carreteras
    tiene una antigüedad de QUINCE (15) años
    aproximadamente, presentando continuas fallas técnicas
    en su funcionamiento, sobre todo al perderse la
    comunicación cuando las móviles pasan por
    zonas con accidentes geográficos (Cerros,
    montañas, zonas de extensa vegetación, etc.),
    pese a encontrarse a pocos kilómetros de su
    base.

RECOMENDACIONES

  1. Que, la DIRREHUM-PNP, reasigne personal para cubrir
    el déficit numérico de efectivos PNP, que
    existe en la Policía de Protección de
    Carreteras.
  2. Que, a mediano plazo, previo análisis de factibilidad,
    el Comando Institucional estime lo conveniente, a efecto que
    por necesidad prioritaria con el apoyo de la del Sector
    Privado , se cree un fondo económico de uso exclusivo
    para la adquisición y reflotamiento de unidades
    móviles para la Policía de Protección de
    Carreteras, utilizando mecanismos similares de hace algunos
    años cuando la OGA-MININTER, adquiría los
    vehículos y repuestos para esta Unidad Policial, lo
    que redundaría en potenciarla con el consecuente
    beneficio para las personas usuarias de las
    vías.
  3. Que a breve plazo la DIRLOG-PNP, gestione la
    renovación del parque automotor en un porcentaje
    considerable para la Policía de Protección de
    Carreteras, con la de finalidad de dinamizar la vigilancia y
    patrullaje en las carreteras que conforman la Red Vial
    Nacional, asi como vigorizar los operativos policiales y
    patrullaje permanente en los puntos críticos de mayor
    incidencia delincuencial.
  4. Que tanto el Ministerio del Interior, Ministerio de
    Agricultura, Ministerio Público, INRENA y Los
    Gobiernos Regionales y Locales dicten Directivas precisas a
    fin de que en cada Región comprometida con recursos
    naturales existan grupos multisectoriales permanentes a fin
    de dinamizar los operativos de prevención de Delitos
    Ecológicos e Infracciones a la Ley Forestal y de fauna
    Silvestre.
  5. Que el Comando Institucional dicte Directivas
    precisas a efectos de que el personal de la Policía
    de Protección de Carreteras especialice personal en
    el conocimiento de los recursos forestales
    maderables, no maderables no permitidos, asi como de
    animales cazados y capturados furtivamente, con la
    finalidad de optimizar los operativos tendientes a detectar
    e identificar a extractores forestales ilegales y cazadores
    furtivos, quienes incurren en Delitos
    Ecológicos.

    BIBLIOGRAFÍA

    • www.siamazonia.org.pe.
    • Directiva NºDPNP-03-26-99.A.
    • Informe de gestión del
      Consejo Regional para la Protección de los
      Recursos naturales y Medio Ambiente Amazónico
      (CERMAA) 2002.
    • Ley Forestal y Fauna Silvestre
      (27308).
    • Reglamento de la Ley Forestal y Fauna Silvestre
      DS. No. 014-2001-AG.
    • Reglamento de Extracción y
      Transformación Forestal DS. No.
      161-77.
    • RD. No. 029-2002-INRENA-DGFFS.

    ANEXOS

    Procedimientos que deben adoptar los
    efectivos de la Policía de Protección de
    Carreteras en la intervención de Delitos
    Ecológicos e Infracciones a la Ley Forestal y de
    Fauna Silvestre

    • Especies Forestales comerciales sujetas a
      control por parte del Estado.
    • Especies de la Fauna en vías de
      extinción, situación
      vulnerable.
    • Delitos contra la
      Ecología.
    • Reglamento de la Ley No. 27308 (Ley Forestal
      y de Fauna Silvestre).
  6. Que la DIRLOG-PNP, gestione la renovación de
    los equipos de Comunicación con equipos de
    última generación (satelitales), especialmente
    para las Unidades de Protección de Carreteras PNP, que
    prestan servicio en la zona de la selva y sierra, ya que son
    en estos lugares en donde los actuales equipos presentan
    fallas técnicas en forma frecuente, debido a los
    innumerables accidentes geográficos que existen en
    esas jurisdicciones, perdiéndose tiempo valioso al
    retomar la comunicación, con el consecuente riesgo de
    la seguridad.

PROCEDIMIENTOS QUE DEBEN ADOPTAR LOS EFECTIVOS DE LA
POLICIA DE PROTECCIÓN DE CARRETERAS EN LA INTERVENCION
DE DELITOS ECOLÓGICOS E INFRACCIONES A LA LEY FORESTAL Y
DE FAUNA SILVESTRE ( DIRECTIVA Nº
DPNP-03-26-99-A)

1. Solicitar la GUIA DE TRANSPORTE FORESTAL,
único documento válido, otorgado solo por la
Dirección Regional Agraria respectiva.
La misma, debe consignar la especie de madera, procedencia de
la misma, volumen,
forma como se transporta y en general toda la
información que permita determinar de donde proviene
la misma. Cualquier otro documento no es valido para el
transporte de madera. EN NINGUN CASO esta autorizado el
transporte y comercialización de las especies CEDRO y
CAOBA, sea cual fuere su lugar de procedencia.

2. INMOVILIZAR todo medio de transporte conteniendo
las especies CEDRO y/o CAOBA así como todo tipo de
maderas tableadas con motosierra, procedan o no de las
áreas declaradas en veda.

3. Brindar custodia y seguridad al personal y
medios intervenidos.

4. Formular el ACTA DE INMOVILIZACIÓN
correspondiente en presencia de responsable del medio de
transporte, quien deberá suscribir la
misma.

5. Dar cuenta inmediatamente a su Comando
Superior, vía radial a su base, formulando el Parte
correspondiente.

6. Comunicar el hecho a la Autoridad Agraria mas próxima,
generando su intervención.

7. Si fuera necesario, se debe trasladar el medio
de transporte inmovilizado, incluyendo personal, a un lugar
que brinde la seguridad del caso.

8. Proporcionar seguridad a los funcionarios del
Ministerio de Agricultura y del Ministerio Publico que
realicen la intervención que por función les corresponde,
custodiándolos en el traslado de personal y medio de
transporte intervenidos, hasta la dependencia policial
competente.

El personal del Ministerio de Agricultura es el
encargado de procurar la intervención del Ministerio
Publico y de formular las Actas de Decomiso o
Incautación, correspondiendo a la PNP la
formulación del Atestado Policial y actividades
conexas.

ESPECIES FORESTALES COMERCIALES SUJETAS A CONTROL
POR EL ESTADO (DIRECTIVA Nº DPNP-03-26-99-A.)

A. CATEGORIA "A"

01. CAOBA (EN VEDA)

02. CEDRO (EN VEDA)

03. GUAYACAN

04. HUALTACO

05. SHPINGO

06. NOGAL NEGRO

07. OREJA DE LEON

08. PALO SANTO

09. SAPOTE

B. CATEGORIA "B"

01. AGUANO MASHA

02. ALGARROBO

03. AZUCAR
HUAYO

04. COPAIBA

05. COPAL

06. CUMULA

07. DIABLO FUERTE-ROMERILLO-ULCUMANO

08. HUAYRURO

09. MARUPA

10. MOENAS

11. PALO PERUANO

12. PUMAQUIRO

13. QUILLOBORDON

14. QUINA QUINA

15. QUINILLA

16. REQUIA

17. ROBLE AMARILLO

18. TAHUARI

19. TOCLO

20. TRONILLO-AGUANO

C. CATERGORIA "C"

01. ALFARO-LAGARTO CASPI

02. AZUFRE

03. CACHIMBO

04. CATAHUA

05. CAPIRONA

06. CEDRO HUASCA

07. CHONTA

08. ESPINTANA

09. ESTORAQUE

10. FAVORITA

11. HIGUERILLA – PALO PROGRESO

12. MACHIMANGO

13. MANCHINGA – CONGONA

14. MASHONASTE – TULPAY

15. NOGAL AMARILLO

16. SHIHUAHUACO

ESPECIES DE LA FAUNA EN VIAS DE
EXTINCION

NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE
COMÚN

MAMÍFEROS

ALOUATTA PALLIATA COTO DE TUMBES

ATELES BELZEBUTH MAQUISAPA CENIZO

ATELES PANISCUS MAQUISAPA NEGRO

ARTOCAPHALUS AUSTRALIS LOBO FINO

BLASTOCERUS DICHOTOMUS CIERVO DE LOS
PANTANOS

CACAJAO CALVUS HUAPO COLORADO

CHRYSOCYON BRACHYUROS LOBO DE CRIN

CHINCHILLA BREVICAUDATA CHINCHILLA REAL

HIPPOCAMELUS ANTISANSLS TARUCA

LAGOTHRIX FLAVICAUDA CHORO COLA
AMARILLA

LAMA GUANICOE GUANACO

LUTRA ANNECTENS NUTRIA DEL NOR OESTE

LUTRA FELINA GATO MARINO, CHINGUNGO

ONCIFELS COLOCOLO GATO MONTES

ORAABURUS JACOVITA GATO ANDINO

PTERONURA BRASILIENSIS LOBO DE RIO

TAPIRUS PINCHAQUE BESTIA NEGRA,
PINCHAQUE

TRAMCTOS OMATUS OSO DE ANTEOJOS

AVES

CRAX UNICORNIS PAUJIL CORNUDO

HARPLA HAPJJA AGUILA HARPIA

NETTA ERYTHROPHTHALMA PATO DE CABEZA
CASTAÑA

PELECANOIDES GARNOTII POTOYUNCO

PENELOPE ALBIPENNIS PAVA ALA BLANCA

PHOENICOPARRUS ANDINUS FLAMENCO ANDINO

PHOENICOPARRUS JAMESI FLAMENCO JAMESI

PODICEPS TACZANOWSKII ZAMBULLIDOR DE
JUNIN

PTEROCNEMIA PENNATA SURI

PROPYMIHURA (ARA) COULON GUACAMAYO VERDE CABEZA
CELESTE

SPHENISCUS HUMBOLDTI PINGUINO DE
HUMBOLDT

REPTILES

COCODRYLUS ACUTUS COCODRILO DE TUMBES

PODOCMENIS EXPENSA CHARAPA

ESPECIES EN SITUACION VULNERABLE: 66
ESPECIES

NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE
COMUN

MAMIFEROS

ALGUATTA SENICULUS COTO MONO

AOTUS AZARAE MONO NOCTURNO

AOTUS MICONAX MONO NOCTURNO

AOTUS NANCYMAAE MONO NOCTURNO

AOTUS NIGRICEPS MONO NOCTURNO CABECINEGRO

AOTUS VOCIFERANS MONO NOCTURNO
VOCIFERANTE,

BURI BURI

CALLIMICO GOELDII PICHICO FALSO DE
GORLDII

CALLICEBUS BRUMNEUS TOCON MORENO

CALLICEBUS CALGABUS TOCON

CALLICEBUS CUPREUS TOCON COBRIZO

CALLICEBUS OENANTHE TOCON

CALLICEBUS TORQUATUS TOCON DE COLLAR

CABUELLA PYGMAES LEONCITO

CEBUS ALBIFRONS MACHIN BLANCO

CEBUS APELLA MACHIN NEGRO

CYCLOPES DIDACTYLUS SERAFIN

HEPAILURUS YAGUARONDI YAGUARUNDI AUJE
PUMA

LAGOTHNIX LAGOTRICHA MONO CHORO

LAMA VICUGNA VICUÑA

LEOPARDUS PERDALIS TIGRILLO

LEOPARDUS TIGRINUS TAGO TIGRE

LEOPARDUS WIEDII HUAMBURUSHU

MAZAMA CHUNYI TANKA

MAZAMA RUFINA VENEDO

MYRMOCOPHAGA TRIDACTYLA OSO HORMIGUERO

OTARIA BYRONIA LOBO CHUSCO

PANTHERA ONCA OTORONGO

PITHECIA AEQUATORIALIS HUAPO ECUATORIAL

PITHECIA MONACHUS HUAPO NEGRO

PRIODONTES MAXIMUS ARMADILLO GIGANTE

PUDU MEPHISTOPHILES PUDU SACHACABA

SAGUINUS FUSCUCOLLIS PICHICO COMUN

SAGUINUS IMPERATOR PICHICO EMPERADOR

SAGUINUS LABIATUS PICHICO BARRIGA
ANARANJADA

SAGUINUS MYSTAX PICHICO BARBA BLANCA

SAGUINUS NIGRICOLLIS PICHICO DE CUELLO
NEGRO

SAGUINUS TRIPARTITUS PICHICO DE MANTO
DORADO

SAIMIRI BOLIVIENSIS MONO FRAILE BOLIVIANO,
FRAILECILLO

SAIMIRI SCIUREUS MONO ARDILLA

TAMANDUA TATRADACTYLA SHIURI

TAMANDUA MEXICANA OSITO HORMIGUERO
NORTEÑO

TAPIRUS TERRESTRIS TAPIR

AVES

ABURRIA ABURRI PAVA NEGRA

AJAJA AJAJA ESPATULA ROSADA

ARA ARARAUNA GUACAMAYO AZUL AMARILLO

ARA CHLOROPTERA GUACAMAYO ROJO Y VERDE

ARA MACAO GUACAMAYO ROJO

ARA MILITARIS GUACAMAYO VERDE

ARA SEVERA GUACAMAYO DE FRENTE

CASTAÑA

BROTOGERIS PYRRHOPTERUS PERICO
MACAREÑO

CENTROPELMA MICROPTERUM ZAMBULLIDOR DEL
TITICACA

CRAX GLOBULOSA PAUJIL CARUNCULADO

FALCO PEREGRINUS HALCON PEREGRINO

FORPUS XANTHOPS PERICO PACHALORO

FULICA GIGANTEA GALLARETA GIGANTE

HAPPALOPSITACA PYRRHOPS LORO CARA ROJA

JABIRU MYCTERIA JABIRU

LAROSTERNA INCA ZARCILLO

LARUS DOMINICANUS GAVIOTA DOMINICANA

LARUS SERRANUS GAVIOTA ANDINA

MERGANETTA ARMATA PATO DE LOS
TORRENTES

NOCHEN JUBATA GANSO SELVATICO

ORTALIS ERYTHROPTERA MANACARACO
COSTEÑO

ORTHOPSITTACA (ARA) MANILATA GUACAMAYO VERDE
VIENTRE

ROJO

PELECANUS OCCIDENTALIS PELICANO

PELECANUS THAGUS ALCATRAZ

PHALACROCORAX OLIVACEUS CUERVO DE MAR

PHALACROCORAX BOUGANVILLI GUANAR

PHALACROCORAX GAIMARDI CHUITA

PHOENICOPTERUS CHILENSIS PARIHUANA

PIONUS CHALCOPTERUS LORO NEGRO

PYRRHURA ALBIPECTUS PERICO PECHO
BLANCO

SUDA DACTYLATRA PEQUERO BLANCO

RYNCHOPS NIGER RAYADOR

SARBORAMPHUS PAPA CONDOR DE SELVA

RUPICOLA PERUVIANA GALLITO DE LAS
ROCAS

SULA NEBOUXII CAMANAY

SULA VARIEGATA PIQUERO COMUN

THERISTICUS MELANOPIS BANDURRIA COMUN

VULTUR GRYPUS CONDOR ANDINO

REPTILES

CAIMAN COCODRYLUS LAGARTO BLANCO

CARETA CARETTA TORTUGA BOA

CHELONIA MYDAS TORTUGA VERDE

DERMOCHELS CORIACEA TARICAYA

ERETMOCHELYS IMBRICATA TORTUGA CAREY

LEPIDOCHELYS OLIVACEA TORTUGA DE MAR
PEQUEÑA

MELANOSUCHUS NIGER LAGARTO NEGRO

PODOCNEMIS UNIFILIS TARICAYA

ESPECIES EN SITUACIÓN RARA:

MAMÍFEROS

DASYPUS PILOSUS ARMADILLO PELUDO

DINOMYS BRANICKII PACARANA

PROCYON CANCRIVORUS PERRO CONCHERO

SPEOTHOS VENATICUS PERRO DE MONTE

THYLAMYS ELEGANS MARMOSA

AVES

COLAPTES RUPICOLA CARPINTERO TERRESTRE

DAPTIAN CAPENSIS PALOMA DEL CABO

DIOMEDEA IRRORATA ALBATROS DE
GALAPAGOS

FULICA RUFIFRONS CHOCA PICO AMARILLO

LODDIGESIA MIRABILIS PICAFLOR
ARMIRABLE

HAEMATOPUS ATER OSTRERO NEGRO,
BRUJILLO

HAEMATOPUS OSTRALEGUS OSTRERO COMUN

PHAETHORNIS PORCULLAE PICAFLOR DE
PORCULLA

PHOLOGOPHILUS HARTERTI PICAFLOR DE
HARTERT

MORPHUS GUIANENSIS AGUILA MORENA

RECURVIROSTRA ANDINA AVOCETA ANDINA

SYNALLAXIS ZIMMERI COLIESPINA PECHO
CANELA

ZARATORNIS STRESEMANNI COTINGA DE
ZARATE

  1. REPTILES

BOA CONSTRICTOR BOA

EUNECTES MURINOS ANACONDA YACUMAMA

PALEOSUCHUS PALPEBROSUS LAGARTO ENANO

PODOCNEMIS SEXTUBERCULATES CUPISO

D. ESPECIES EN SITUACIÓN
INDETERMINADA:

NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE
COMÚN

MAMÍFEROS

ATELOCYNUS MICROTIS ZORRO DE OREJAS
CORTAS

BASSARICYON ALLENI CHOSNA PERICOTE

CHIRONECTES MINIMUS RATON DE AGUA

GALICTIS CUJA HURON MENOR

MUSTELA AFRICANA HURON MAYOR

POTOS FLAVUS CHOSNA

MAZAMA GOUAZOUBIRA VENADO CENIZO

AVES

AMAZONA FESTIVA LORO DE LOMO ROJO

AMAZONA ACHOCEPHALA LORO DE CABEZA
AMARILLA

AMAZONA AMAZONICA LORO DE CORONA Y
MEJILLAS AMARILLAS

AMAZONA FARINOSA UCHPA LORO

AMAZONA MERCENARIA LORO VERDE

ANAS SPECULARIOIDES PATO CORDILLERANO

ATHAPETES NATION YUQUERO

CRAX MITU MITU PAUJIL

CRAX SALVINI PAUJIL VIENTRE BLANCO

DENDROCYGNA AUTUMNALIS PATO SILBON DE VIENTRO
NEGRO

DENDROCYGNA BICOLOR PATO SILBON
COLORADO

DENDROCYGNA VIDUATA PATO SILBON CARA
BLANCA

DEROPTYUS ACCIPITRINUS LORO CABEZA DE
HALCON

LEPTOSITTACA BRANICKI LORO DE MEJILLAS
DORADAS

LEUCOPTERNIS OCCIDENTALIS AGUILUCHO DE DORSO
GRIS

PIONUS MENSTRUS LORO CABEZA AZUL

PIONUS SORDIDUS LORO PICO AMARILLO

PIONUS TUMULTUOSUS LORO CARA MANCHADA

PYRRHURA MELANURA PERICO

PYRRHURA PICTA PERICO CABECIRROSADO

PYRRHURA RUPICOLA PERICO PINTADO

PYRRHURA MOLINAE PERICO

SARKIDIONIS MELANOTOS PATO CRESTUDO

TINAMUS OSGOODI PERDIZ NEGRA

REPTILES

CHELYS FIMBRIATA MATA MATA

CORALLUS CANINUS BOA VERDE, BOA
ESMERALDA

CORALLUS ENYDRIS BOA MARRON

DICRODON HETEROLEPIS LAGARTILA CABEZA
COLORADA

DRACAENA GUIANENSIS CAMALEON ROJO

EPICRATE CENCHRIA MANTONA ROJA

GEOCHELONE CARBONARIA TORTUGA

KINOSTERNON LEUCOSTOMUN ASHNA CHARAPA

KINOSTERNON SCORPIOIDES ASHNA CHARAPA

LIOLAEMUS INSOLITUS LAGARTIJA

MICROLOPHUS STOLZMANN LAGARTIJA CARA
AMARILLA

MICROLOPHUS TIGRIS LAGARTIJA DE LOMAS

PALEOSUCHUS TRIGONATUS LAGARTO FRENTE
LISA

PHRYNOPS GEOFFROANUS TORTUGA

PHRYNOPS GIBBUS TORTUGA CUELLO DE
SERPIENTE

PHRYNOPS NASUTUS TORTUGA

PHRYNOPS RUFIPES TORTUGA

PLATEMYS PLATYCEPHALA TORTUGA

PHYLLODACTYLUS INTERANDINUS SALTOJO

PLYCHRUS FEMORALIS FALSO CAMALEON

PROCTOPORUS VENTRIMACULATUS LAGARTIJA

STENOCERCUS CHYSOPYGUS LAGARTIJA

STENOCERUS EMPETRUS LAGARTIJA

STENOCERUS EUNETOPSIS LAGARTIJA

STENOCERUS IMITADOR LAGARTIJA

STENOCERCUS IVITUS LAGARTIJA

STENOCERCUS MELANOPYGUS LAGARTIJA
ESCORPION

STENOCERCUS NIGROMACULATUS LAGARTIJA

STENOCERCUS PERCULTUS LAGARTIJA

TROPIDOPHIS TACZANOWSKYI BOA

ANFIBIOS

ATELOPUS PERUENSIS SAPO

BOLITOGLOSSA PERUVIANA SALAMANDRA
PERUANA

BUFEO COPHOTIS SAPO

BUFO DAPSILIS SAPO PICUDO

BUFO FLAVOLINEATUS SAPO

CERATOPHRYS STOLZMANNI RANA COMUDA

DENDOBRATES RIDICULATUS RANITAS

DENDOBRATES IMITADOR RANITAS

DENDOBRATES RETICULATUS RANA COJITA

ELEUTHERIDACTYLUS CAJAMARCENSIS RANITA

ELEUTHERODACTYLUS LYMANI RANITA

GASTROTHECA OCHOAI RANA MARSUPIAL

GASTROTHECA PERUANA SAPO

DELITOS CONTRA LA ECOLOGÍA, EN LA FIGURA DE
DELITO CONTRA RECURSOS NATURALES Y EL MEDIO AMBIENTE
(CÓDIGO PENAL VIGENTE)

  1. Art. 308, el que caza, captura, recolecta,
    extrae o comercializa especies de flora o fauna que
    legalmente están protegidas, será reprimido
    con pena privativa de la libertad no menor de 01 ni mayor de 03
    años.
  2. Art. 309, refiere el que extrae especies de
    flora o fauna acuática en épocas,
    cantidades y zonas que son prohibidas o vedadas o utiliza
    procedimientos de pesca
    o caza prohibida, será reprimido con pena
    privativa de la libertad no menor de 01 ni mayor de 03
    años.
  3. Art. 310, del Código Penal señala el que
    destruye, quema, daña o tala en todo o parte,
    bosques, u otras formaciones vegetales naturales o
    cultivadas que están legalmente protegidas,
    será reprimido con pena privativa de libertad no
    menor de 01 ni mayor de 03 años.

EL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27308, DEL
15JUL2002, LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE, (DS. Nº
014-2001-AG del 06ABR2001), SEÑALA ENTRE OTRAS
INFRACCIONES LAS SIGUIENTES:

Artículo 363º en Materia
Forestal

a. La Invasión o
Usurpación de las Tierras que integran el Patrimonio
Forestal Nacional..

b. La provocación
de incendios
forestales.

c. La
falsificación, alteración o uso indebido de las
marcas o de
documentos
que impidan la correcta fiscalización de los productos
forestales.

d. El cambio de uso de la
tierra no autorizado, conforme a la legislación
forestal.

e. El uso de sierra de
cadena (Motosierra); así como de equipos similares a
esta, en el aserrío longitudinal de la madera, con
fines comerciales e industriales, salvo las excepciones
establecidas por Resolución Suprema.

f. Realizar extracciones
forestales sin la correspondiente autorización; o
efectuarla fuera de la zona autorizada; así como la
transformación y comercialización de dichos
productos.

g. La tala,
aprovechamiento, transformación,
comercialización y transporte de flora declarada en
veda, o provenientes de bosques naturales declarados en
veda.

h. La tala de
árboles en estado de regeneración, los marcados
para realizar estudios y como semilleros y aquellos que no
reúnan los diámetros mínimos de corta,
así como su transformación y
comercialización.

i. La extracción de
productos forestales en volúmenes superiores a los
señalados en el contrato, autorización o
permiso.

j. La adquisición,
transformación o comercialización de productos
forestales extraídos ilegalmente, así como la
prestación de servicios para la transformación
o almacenamiento de dichos productos
forestales.

k. El establecimiento,
ampliación o traslado de depósitos,
establecimientos comerciales o plantas de
transformación primaria, productos forestales, sin la
correspondiente autorización.

l. El transporte de los
productos forestales sin los documentos oficiales que lo
amparen y el arrastre y el transporte de la madera rolliza,
por los caminos públicos, incumpliendo las medidas de
seguridad y/o causando daños a la referida vía
de comunicación.

m. La eliminación
de indicios del uso ilegal de la sierra de cadena
(motosierra), así como de cualquier herramienta o
equipo que tenga efectos similares.

Artículo Nº 364 en Materia de Fauna
Silvestre

a. Falsificación o
alteración de documentos que impidan la correcta
fiscalización del INRENA.

b. Cazar, capturar o
colectar sin la autorización.

c. Cazar, capturar o
colectar fuera del ámbito autorizado.

d. Comercializar especies
de fauna silvestre, procedente de la caza deportiva, de
subsistencia, científica y/o sanitaria.

e. Comercializar especies
de fauna silvestre, no autorizados.

f. Cazar, capturar,
colectar, poseer, transportar, comercializar o exportar
especimenes de fauna silvestre sin la autorización
correspondiente.

g. Ceder a terceros el
manejo del Zoocriadero o Area de Manejo de Fauna Silvestre,
sin la correspondiente autorización del
INRENA.

h. Incumplir las
disposiciones que dicte el INRENA, sobre extracción,
manejo, acopio, transporte y comercialización de
especimenes de fauna silvestre.

i. El mantenimiento de
animales silvestres en instalaciones que no reúnan las
condiciones técnicas y sanitarias
requeridas.

j. La adquisición
de especimenes de fauna silvestre sin autorización
expresa.

k. Cambiar la
ubicación de las instalaciones de los zoocriaderos,
zoológicos, centros de rescate o centros de custodia
temporal, sin autorización del INRENA.

l. Comercializar productos
y sub-productos de la caza deportiva, de subsistencia
científica o sanitaria.

m. Comercializar productos
y sub-productos de fauna silvestre no autorizada.

DEDICATORIA

El presente trabajo esta dedicado a nuestro
Dios todopoderoso que es también presencia de
Jesús entre nosotros, por habernos iluminado y guiado
para la culminación de nuestro proyecto de
investigación; a nuestros queridos padres, esposas
e hijos por estar presentes cuando los necesitamos,
brindándonos su apoyo moral, y su comprensión
cuando por situaciones del servicio policial no nos
encontramos juntos.

AGRADECIMIENTO

Nuestro Agradecimiento al Comando
Institucional, por brindarnos la oportunidad de capacitarnos
en la rama de Policía de Carreteras y a nuestros
queridos catedráticos por impartirnos sus
conocimientos para alcanzar nuestra superación
profesional.

 

 

 

Autor:

José Javier Manosalva
Salvador

POLICÍA NACIONAL DEL
PERÚ

DIRECCIÓN DE INSTRUCCIÓN Y DOCTRINA
POLIC4IAL

ESCUELA DE CAPACITACIÓN Y
ESPECIALIZACIÓN POLICIAL

IV-DIRTEPOL-TARAPOTO

"I CURSO DE CAPACITACIÓN DE POLICÍA
PROTECCIÓN DE CARRETERAS"

2005

Partes: 1, 2
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